Las disposiciones quedaron formalizadas mediante la Resolución 312/2026, publicada en el Boletín Oficial, que incorpora lineamientos específicos para los Servicios de Atención Médica Integral a la Comunidad dentro del marco general de control interno del sector público.
Para las unidades que comiencen a operar en 2027, el primer plan anual de auditoría deberá presentarse como máximo el 30 de octubre de 2026. En los hospitales que incorporen estas estructuras con posterioridad, los plazos se ajustarán al ejercicio fiscal correspondiente. Si la puesta en funcionamiento ocurre durante el transcurso del año, la planificación deberá contemplar el período restante.
La elaboración de los planes deberá partir de una evaluación preliminar y documentada de los riesgos. Entre los factores que tendrán que considerarse figuran la relevancia económica de las operaciones, las debilidades de los mecanismos de control y las posibles consecuencias sobre la continuidad de la atención hospitalaria.
La normativa identifica como áreas prioritarias las compras y contrataciones, los pagos, la administración del personal, la liquidación de salarios y la gestión de inventarios y bienes de uso. Además, cada plan deberá incorporar al menos un proceso sustantivo vinculado directamente con la actividad asistencial.
En ese último punto, se propone prestar especial atención al funcionamiento de las farmacias y a la disponibilidad de medicamentos e insumos críticos. Sin embargo, las unidades podrán priorizar otros procesos cuando la evaluación determine que presentan riesgos más relevantes. Entre las alternativas se encuentran la gestión de turnos, el acceso a prestaciones médicas, la utilización de quirófanos y el mantenimiento de equipos, siempre que exista una justificación técnica adecuada.
La resolución también establece una obligación para los hospitales que implementen por primera vez una unidad de auditoría interna. En esos casos, el Comité de Control Interno deberá celebrar su primera reunión dentro de los 60 días corridos posteriores a la designación de su primer responsable.
El Hospital Garrahan tendrá un tratamiento particular en este aspecto, ya que cuenta con un sistema de auditoría y un comité que ya están en funcionamiento. Por ese motivo, no deberá realizar una reunión inicial bajo el nuevo esquema, aunque continuará sujeto a las demás obligaciones previstas para el funcionamiento del comité y deberá mantener su planificación de acuerdo con los lineamientos generales aplicables.
Por último, la SIGEN aclaró que las estructuras organizativas y las dotaciones de personal incluidas como orientación no sustituyen los procedimientos administrativos necesarios para aprobar cargos, designar agentes o asignar partidas presupuestarias. En consecuencia, los planes de auditoría deberán adecuarse a los recursos humanos y financieros efectivamente disponibles en cada establecimiento.
Con estas pautas, el organismo busca establecer criterios comunes para la puesta en marcha de los sistemas de auditoría interna en los hospitales SAMIC, con una planificación basada en riesgos y enfocada tanto en la gestión administrativa como en los procesos vinculados con la atención de los pacientes.
Las disposiciones quedaron formalizadas mediante la Resolución 312/2026, publicada en el Boletín Oficial, que incorpora lineamientos específicos para los Servicios de Atención Médica Integral a la Comunidad dentro del marco general de control interno del sector público.
Para las unidades que comiencen a operar en 2027, el primer plan anual de auditoría deberá presentarse como máximo el 30 de octubre de 2026. En los hospitales que incorporen estas estructuras con posterioridad, los plazos se ajustarán al ejercicio fiscal correspondiente. Si la puesta en funcionamiento ocurre durante el transcurso del año, la planificación deberá contemplar el período restante.
La elaboración de los planes deberá partir de una evaluación preliminar y documentada de los riesgos. Entre los factores que tendrán que considerarse figuran la relevancia económica de las operaciones, las debilidades de los mecanismos de control y las posibles consecuencias sobre la continuidad de la atención hospitalaria.
La normativa identifica como áreas prioritarias las compras y contrataciones, los pagos, la administración del personal, la liquidación de salarios y la gestión de inventarios y bienes de uso. Además, cada plan deberá incorporar al menos un proceso sustantivo vinculado directamente con la actividad asistencial.
En ese último punto, se propone prestar especial atención al funcionamiento de las farmacias y a la disponibilidad de medicamentos e insumos críticos. Sin embargo, las unidades podrán priorizar otros procesos cuando la evaluación determine que presentan riesgos más relevantes. Entre las alternativas se encuentran la gestión de turnos, el acceso a prestaciones médicas, la utilización de quirófanos y el mantenimiento de equipos, siempre que exista una justificación técnica adecuada.
La resolución también establece una obligación para los hospitales que implementen por primera vez una unidad de auditoría interna. En esos casos, el Comité de Control Interno deberá celebrar su primera reunión dentro de los 60 días corridos posteriores a la designación de su primer responsable.
El Hospital Garrahan tendrá un tratamiento particular en este aspecto, ya que cuenta con un sistema de auditoría y un comité que ya están en funcionamiento. Por ese motivo, no deberá realizar una reunión inicial bajo el nuevo esquema, aunque continuará sujeto a las demás obligaciones previstas para el funcionamiento del comité y deberá mantener su planificación de acuerdo con los lineamientos generales aplicables.
Por último, la SIGEN aclaró que las estructuras organizativas y las dotaciones de personal incluidas como orientación no sustituyen los procedimientos administrativos necesarios para aprobar cargos, designar agentes o asignar partidas presupuestarias. En consecuencia, los planes de auditoría deberán adecuarse a los recursos humanos y financieros efectivamente disponibles en cada establecimiento.
Con estas pautas, el organismo busca establecer criterios comunes para la puesta en marcha de los sistemas de auditoría interna en los hospitales SAMIC, con una planificación basada en riesgos y enfocada tanto en la gestión administrativa como en los procesos vinculados con la atención de los pacientes.













