Al mismo tiempo que la directora del Fondo Monetario Internacional, Kristalina Georgieva, anunciaba su llegada a Buenos Aires, el diputado Máximo Kirchner presentó un proyecto de ley destinado a restringir la capacidad del Ejecutivo para firmar nuevos acuerdos con el FMI sin la aprobación del Congreso.
El proyecto, que cuenta con el respaldo de 15 diputados del bloque de Unión por la Patria y tiene un total de 22 artículos, también busca declarar “nulos de nulidad absoluta” aquellos acuerdos que impongan condiciones sobre la regulación del movimiento de capitales en el país.
La iniciativa, que deroga la Ley 27.612 de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública y la reemplaza por un marco más amplio, se presenta en un contexto propicio, ya que el gobierno de Javier Milei recibe a la titular del FMI en su primera visita en ocho años.
Según el proyecto, cualquier operación de crédito público con organismos financieros internacionales requerirá una ley especial del Congreso, especificando el tipo de deuda, el monto máximo autorizado, el plazo mínimo de amortización y el destino de los fondos. Además, se prohíbe el uso de decretos de necesidad y urgencia en estas materias.
Este texto está dirigido especialmente al Decreto de Necesidad y Urgencia 179/2025, mediante el cual el gobierno de Milei implementó el Programa de Facilidades Extendidas con el FMI por un monto de DEG 15.267 millones (cerca de USD 20.000 millones), sin consultar al Congreso. Aquellos actos realizados en contravención a esta nueva normativa serán considerados nulos e ineficaces a nivel internacional, y los funcionarios responsables enfrentarán daños al Estado con una acción imprescriptible.
El proyecto, respaldado por distintas figuras políticas como Germán Martínez, Cecilia Moreau y Agustín Rossi, se organiza en seis principios fundamentales: soberanía económica, corresponsabilidad entre acreedor y deudor, legitimidad de las políticas macroprudenciales, sostenibilidad de la deuda en función de la capacidad real de pago, transparencia con control democrático y multilateralismo activo.
Uno de los puntos más innovadores es el principio de corresponsabilidad, que establece que si el FMI incumple sus propias normas o aprueba programas por razones políticas, entonces comparte la responsabilidad de las consecuencias. Para sustentar esta afirmación, se menciona un informe de la Oficina de Evaluación Independiente del FMI, que evidenció disidencias internas sobre el cumplimiento de criterios de acceso excepcionales en el contexto argentino de 2018, clasificando la deuda en “zona gris”.
El texto también señala que entre mayo de 2018 y la fecha de redacción, USD 45.100 millones se extrajeron del país como activos externos del sector privado, comparado con los USD 44.500 millones desembolsados por el Fondo. Los autores del proyecto argumentan que esta equivalencia no fue casual, sino resultado de un programa aprobado sin las medidas adecuadas para regular los flujos de capital, como permite el Artículo VI del Convenio Constitutivo del FMI. En este sentido, la ley propone que el Poder Ejecutivo promueva ante la Junta de Gobernadores del FMI una enmienda que transforme en obligación el requerimiento de controles de capital, ante una salida significativa de divisas mientras dure un programa.
La reforma del Convenio Constitutivo que el proyecto pretende impulsar abarca cuatro ejes: la eliminación de la redacción discrecional del Artículo VI, la creación de una “Facilidad de Recuperación Soberana” que permita convertir créditos que superen los límites normales en financiamiento a largo plazo entre 20 y 30 años, el establecimiento de períodos de recompra diferenciados para economías con restricción estructural y el reconocimiento del caso argentino como una exposición excepcional con fallas sistémicas del organismo.













