Sin embargo, eliminarlo implica un desafío fiscal para las provincias, ya que se convirtió en su principal fuente de recursos tributarios propios. Según datos de un relevamiento privado, el IIBB pasó de representar el 66,6% de los ingresos tributarios propios provinciales en 2005 al 81,9% en 2024. Además, su participación sobre los recursos totales aumentó del 18,7% al 25,9%, mientras que en relación con el PBI pasó del 2,5% al 4%.
La dependencia varía entre jurisdicciones. En la Ciudad de Buenos Aires, el impuesto representa alrededor del 61% de los ingresos totales; en la provincia de Buenos Aires supera el 30%; en Misiones alcanza el 28% y en Mendoza el 25%. En cambio, en Chaco representa el 8%, en Santiago del Estero el 7% y en Formosa el 5%.
La diferencia responde, entre otros factores, al nivel de actividad económica y al peso de las transferencias nacionales. Las provincias con menor recaudación propia dependen en mayor medida de la coparticipación.
Para las empresas, el problema no está solamente en las alícuotas, sino también en la forma en que se acumula el impuesto durante la cadena productiva. Una alícuota inicial puede generar una incidencia mucho mayor sobre el precio final debido al efecto cascada, ya que el tributo no se recupera de la misma manera que el IVA.
El impacto también alcanza a las exportaciones. Estimaciones empresariales señalan que Ingresos Brutos y las tasas municipales pueden representar cerca del 10% del valor de determinados vehículos exportados. Para las pymes, distintos relevamientos ubican la carga conjunta entre el 2% y el 6% de las ventas brutas, independientemente de su rentabilidad.
Otro foco de conflicto son los regímenes de retención y percepción. En algunos casos, las empresas acumulan saldos a favor porque los importes retenidos superan el impuesto efectivamente determinado. La devolución puede demorar entre 12 y 36 meses, período durante el cual la inflación reduce el valor real de esos fondos.
Las compañías que operan en varias jurisdicciones también enfrentan la complejidad del Convenio Multilateral, que implica distintos coeficientes, padrones, alícuotas y regímenes de percepción y retención. Esta heterogeneidad incrementa los costos administrativos y puede afectar decisiones de inversión.
Uno de los casos más cuestionados fue el de los regímenes aplicados sobre mercaderías en tránsito en Misiones. La Corte Suprema ordenó en 2022 cesar determinados impedimentos al ingreso de productos vinculados con pagos anticipados de IIBB. Posteriormente, la provincia dispuso una flexibilización parcial del régimen para determinados contribuyentes.
Desde el punto de vista fiscal, el principal obstáculo para una reforma es encontrar una fuente alternativa que permita reemplazar los recursos que genera el impuesto. Entre las alternativas planteadas aparecen una mayor participación de las provincias en la coparticipación, otros tributos provinciales menos distorsivos o una reducción del gasto público.
También se analiza la posibilidad de avanzar hacia un esquema similar a un IVA de alcance más amplio que permita reemplazar Ingresos Brutos y determinadas tasas municipales. El objetivo sería reducir la acumulación de impuestos sobre las distintas etapas de producción.
El Gobierno nacional sostiene que una reforma tributaria integral resulta necesaria para mejorar la competitividad, aunque por el momento descarta aumentar la presión fiscal.
Así, el debate pasa por encontrar un mecanismo que permita reducir los efectos distorsivos de Ingresos Brutos sin provocar un fuerte deterioro de las cuentas provinciales. La dificultad está en compatibilizar ambos objetivos en un sistema en el que el impuesto representa, en algunas jurisdicciones, más del 70% de los recursos tributarios propios.
Sin embargo, eliminarlo implica un desafío fiscal para las provincias, ya que se convirtió en su principal fuente de recursos tributarios propios. Según datos de un relevamiento privado, el IIBB pasó de representar el 66,6% de los ingresos tributarios propios provinciales en 2005 al 81,9% en 2024. Además, su participación sobre los recursos totales aumentó del 18,7% al 25,9%, mientras que en relación con el PBI pasó del 2,5% al 4%.
La dependencia varía entre jurisdicciones. En la Ciudad de Buenos Aires, el impuesto representa alrededor del 61% de los ingresos totales; en la provincia de Buenos Aires supera el 30%; en Misiones alcanza el 28% y en Mendoza el 25%. En cambio, en Chaco representa el 8%, en Santiago del Estero el 7% y en Formosa el 5%.
La diferencia responde, entre otros factores, al nivel de actividad económica y al peso de las transferencias nacionales. Las provincias con menor recaudación propia dependen en mayor medida de la coparticipación.
Para las empresas, el problema no está solamente en las alícuotas, sino también en la forma en que se acumula el impuesto durante la cadena productiva. Una alícuota inicial puede generar una incidencia mucho mayor sobre el precio final debido al efecto cascada, ya que el tributo no se recupera de la misma manera que el IVA.
El impacto también alcanza a las exportaciones. Estimaciones empresariales señalan que Ingresos Brutos y las tasas municipales pueden representar cerca del 10% del valor de determinados vehículos exportados. Para las pymes, distintos relevamientos ubican la carga conjunta entre el 2% y el 6% de las ventas brutas, independientemente de su rentabilidad.
Otro foco de conflicto son los regímenes de retención y percepción. En algunos casos, las empresas acumulan saldos a favor porque los importes retenidos superan el impuesto efectivamente determinado. La devolución puede demorar entre 12 y 36 meses, período durante el cual la inflación reduce el valor real de esos fondos.
Las compañías que operan en varias jurisdicciones también enfrentan la complejidad del Convenio Multilateral, que implica distintos coeficientes, padrones, alícuotas y regímenes de percepción y retención. Esta heterogeneidad incrementa los costos administrativos y puede afectar decisiones de inversión.
Uno de los casos más cuestionados fue el de los regímenes aplicados sobre mercaderías en tránsito en Misiones. La Corte Suprema ordenó en 2022 cesar determinados impedimentos al ingreso de productos vinculados con pagos anticipados de IIBB. Posteriormente, la provincia dispuso una flexibilización parcial del régimen para determinados contribuyentes.
Desde el punto de vista fiscal, el principal obstáculo para una reforma es encontrar una fuente alternativa que permita reemplazar los recursos que genera el impuesto. Entre las alternativas planteadas aparecen una mayor participación de las provincias en la coparticipación, otros tributos provinciales menos distorsivos o una reducción del gasto público.
También se analiza la posibilidad de avanzar hacia un esquema similar a un IVA de alcance más amplio que permita reemplazar Ingresos Brutos y determinadas tasas municipales. El objetivo sería reducir la acumulación de impuestos sobre las distintas etapas de producción.
El Gobierno nacional sostiene que una reforma tributaria integral resulta necesaria para mejorar la competitividad, aunque por el momento descarta aumentar la presión fiscal.
Así, el debate pasa por encontrar un mecanismo que permita reducir los efectos distorsivos de Ingresos Brutos sin provocar un fuerte deterioro de las cuentas provinciales. La dificultad está en compatibilizar ambos objetivos en un sistema en el que el impuesto representa, en algunas jurisdicciones, más del 70% de los recursos tributarios propios.












