Aunque todavía resta la publicación oficial de los nuevos valores en el Boletín Oficial, la organización que representa a las trabajadoras de casas particulares difundió de manera provisoria los montos correspondientes a este mes.
Para septiembre, los valores mínimos por hora quedan establecidos de la siguiente manera: para supervisores, $4.645,32 con retiro y $5.049,58 sin retiro; para tareas específicas, $4.422,53 con retiro y $4.809,80 sin retiro; para caseros, $4.185,94 por hora sin retiro; para asistencia y cuidado de personas, $4.185,94 con retiro y $4.641,90 sin retiro; y para tareas generales, $3.914,63 con retiro y $4.306,71 sin retiro.
En el caso de quienes cobran por mes, los mínimos para septiembre son de $579.493,14 para supervisores con retiro y $640.641,55 sin retiro. Para tareas específicas, los valores ascienden a $541.402,48 con retiro y $597.854,37 sin retiro.
Para los caseros, el mínimo mensual queda en $529.261,78 sin retiro. En asistencia y cuidado de personas, los montos son de $529.261,78 con retiro y $584.936,09 sin retiro. Para tareas generales, el salario mínimo mensual será de $480.247,84 con retiro y $544.531,78 sin retiro.
El aumento del 1,8% se suma a la incorporación progresiva de la suma no remunerativa otorgada en agosto. Durante septiembre se incorpora al salario básico el 25% de ese adicional: $2.000 para quienes trabajan menos de 12 horas semanales, $2.875 para quienes cumplen entre 12 y menos de 16 horas y $5.000 para quienes trabajan 16 horas o más.
La incorporación del resto del adicional será gradual. Otro 50% se sumará al salario básico en octubre, mientras que el 25% restante se incorporará en noviembre.
La modalidad de pago depende de la cantidad de horas trabajadas para un mismo empleador. Cuando la trabajadora cumple 24 horas semanales o más, el salario debe abonarse de manera mensual y en proporción a las horas trabajadas. Si trabaja menos de 24 horas por semana, corresponde aplicar el pago por hora.
En los casos en que una trabajadora realiza tareas correspondientes a más de una categoría, debe percibir el salario establecido para aquella que tenga la remuneración más alta.
A los valores mínimos también pueden agregarse adicionales. Uno de ellos es el correspondiente a la antigüedad, que equivale al 1% del salario por cada año trabajado con el mismo empleador.
También existe un adicional del 31% por zona desfavorable para quienes desarrollan sus tareas en determinadas provincias de la Patagonia y en el partido bonaerense de Patagones.
Aunque todavía resta la publicación oficial de los nuevos valores en el Boletín Oficial, la organización que representa a las trabajadoras de casas particulares difundió de manera provisoria los montos correspondientes a este mes.
Para septiembre, los valores mínimos por hora quedan establecidos de la siguiente manera: para supervisores, $4.645,32 con retiro y $5.049,58 sin retiro; para tareas específicas, $4.422,53 con retiro y $4.809,80 sin retiro; para caseros, $4.185,94 por hora sin retiro; para asistencia y cuidado de personas, $4.185,94 con retiro y $4.641,90 sin retiro; y para tareas generales, $3.914,63 con retiro y $4.306,71 sin retiro.
En el caso de quienes cobran por mes, los mínimos para septiembre son de $579.493,14 para supervisores con retiro y $640.641,55 sin retiro. Para tareas específicas, los valores ascienden a $541.402,48 con retiro y $597.854,37 sin retiro.
Para los caseros, el mínimo mensual queda en $529.261,78 sin retiro. En asistencia y cuidado de personas, los montos son de $529.261,78 con retiro y $584.936,09 sin retiro. Para tareas generales, el salario mínimo mensual será de $480.247,84 con retiro y $544.531,78 sin retiro.
El aumento del 1,8% se suma a la incorporación progresiva de la suma no remunerativa otorgada en agosto. Durante septiembre se incorpora al salario básico el 25% de ese adicional: $2.000 para quienes trabajan menos de 12 horas semanales, $2.875 para quienes cumplen entre 12 y menos de 16 horas y $5.000 para quienes trabajan 16 horas o más.
La incorporación del resto del adicional será gradual. Otro 50% se sumará al salario básico en octubre, mientras que el 25% restante se incorporará en noviembre.
La modalidad de pago depende de la cantidad de horas trabajadas para un mismo empleador. Cuando la trabajadora cumple 24 horas semanales o más, el salario debe abonarse de manera mensual y en proporción a las horas trabajadas. Si trabaja menos de 24 horas por semana, corresponde aplicar el pago por hora.
En los casos en que una trabajadora realiza tareas correspondientes a más de una categoría, debe percibir el salario establecido para aquella que tenga la remuneración más alta.
A los valores mínimos también pueden agregarse adicionales. Uno de ellos es el correspondiente a la antigüedad, que equivale al 1% del salario por cada año trabajado con el mismo empleador.
También existe un adicional del 31% por zona desfavorable para quienes desarrollan sus tareas en determinadas provincias de la Patagonia y en el partido bonaerense de Patagones.













