Los valores contemplan diferencias según la categoría laboral y si la trabajadora se desempeña con retiro o sin retiro. La nueva escala fija los siguientes mínimos mensuales:
Supervisores/as: $599.514,52 con retiro y $661.702,46 sin retiro.
Personal para tareas específicas: $560.776,33 con retiro y $618.187,89 sin retiro.
Caseros: $548.429,23 sin retiro.
Asistencia y cuidado de personas: $548.429,23 con retiro y $605.050 sin retiro.
Personal para tareas generales: $498.582,06 con retiro y $548.429,23 sin retiro.
La normativa establece además que, cuando una trabajadora realiza tareas correspondientes a más de una categoría, debe considerarse como actividad principal aquella que desempeña de manera habitual.
Dentro de la escala, los supervisores y supervisoras son quienes tienen a su cargo la coordinación y el control de las tareas realizadas por dos o más personas.
La categoría de personal para tareas específicas comprende a quienes se desempeñan como cocineros o cocineras contratados exclusivamente para esa función, además de otras actividades domésticas que requieren habilidades particulares.
En el caso de los caseros, se trata de trabajadores que tienen a su cargo el cuidado general y la preservación de la vivienda en la que residen por motivos laborales.
La categoría de asistencia y cuidado de personas contempla las tareas de atención no terapéutica de personas enfermas o con discapacidad, además del cuidado de niños, adolescentes y adultos mayores.
Por su parte, el personal para tareas generales incluye actividades vinculadas con la limpieza, el lavado, el planchado, el mantenimiento, la preparación de alimentos y otras labores habituales dentro de un hogar.
La escala incorpora también un adicional por zona desfavorable equivalente al 31% de los salarios mínimos. Este incremento corresponde a quienes trabajan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones.
Los nuevos valores conforman así la escala mínima aplicable desde octubre para las distintas categorías de trabajadoras de casas particulares, con diferencias determinadas por las funciones realizadas y la modalidad de contratación.
Los valores contemplan diferencias según la categoría laboral y si la trabajadora se desempeña con retiro o sin retiro. La nueva escala fija los siguientes mínimos mensuales:
Supervisores/as: $599.514,52 con retiro y $661.702,46 sin retiro.
Personal para tareas específicas: $560.776,33 con retiro y $618.187,89 sin retiro.
Caseros: $548.429,23 sin retiro.
Asistencia y cuidado de personas: $548.429,23 con retiro y $605.050 sin retiro.
Personal para tareas generales: $498.582,06 con retiro y $548.429,23 sin retiro.
La normativa establece además que, cuando una trabajadora realiza tareas correspondientes a más de una categoría, debe considerarse como actividad principal aquella que desempeña de manera habitual.
Dentro de la escala, los supervisores y supervisoras son quienes tienen a su cargo la coordinación y el control de las tareas realizadas por dos o más personas.
La categoría de personal para tareas específicas comprende a quienes se desempeñan como cocineros o cocineras contratados exclusivamente para esa función, además de otras actividades domésticas que requieren habilidades particulares.
En el caso de los caseros, se trata de trabajadores que tienen a su cargo el cuidado general y la preservación de la vivienda en la que residen por motivos laborales.
La categoría de asistencia y cuidado de personas contempla las tareas de atención no terapéutica de personas enfermas o con discapacidad, además del cuidado de niños, adolescentes y adultos mayores.
Por su parte, el personal para tareas generales incluye actividades vinculadas con la limpieza, el lavado, el planchado, el mantenimiento, la preparación de alimentos y otras labores habituales dentro de un hogar.
La escala incorpora también un adicional por zona desfavorable equivalente al 31% de los salarios mínimos. Este incremento corresponde a quienes trabajan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones.
Los nuevos valores conforman así la escala mínima aplicable desde octubre para las distintas categorías de trabajadoras de casas particulares, con diferencias determinadas por las funciones realizadas y la modalidad de contratación.













